| SEÑORA MINISTRA FISCAL GENERAL DEL ESTADO
DR. GUSTAVO NOBOA BEJARANO , ex Presidente
Constitucional de la República, dentro de la
instrucción fiscal N°006-03, a usted, atentamente,
digo:
En ejercicio de mi constitucional derecho a la defensa,
solicito lo siguiente:
Se sirva disponer que se reproduzca la declaración juramentada presentada por el ingeniero Alex Mejía en la instrucción fiscal N°001 que hasta hace pocos días sustanciaba la doctora Ana María Crespo, cuya copia simple acompaño.
Se sirva disponer que el señor
Ministro de Economía y Finanzas, economista Mauricio
Pozo remita copia certificada de la carta fechada 10
de febrero del 2003, dirigida al señor Hoost
Kohler, Director del Fondo Monetario Internacional,
con su correspondiente traducción.
Se sirva disponer que el señor
Secretario del H. Congreso Nacional remita copias certificadas
de todas las actas y documentos de sustento que sirvieron
de base para la aprobación de los Presupuestos
Generales del Estado correspondientes a los años
2001, 2002 y 2003. La información incluirá
cualquier constancia, documental o escrita del tratamiento
correspondiente en la Comisión de Presupuesto.
La información incluirá la desagregación
de los distintos apartados que se refieran a los distintos
tramos de la deuda pública para que aparezca
la incorporación de la emisión de bonos
ordenada en el Decreto Ejecutivo N°618 de 26 de
julio del 2000.
Se sirva señalar día y hora
para que el señor Subsecretario Jurídico
del Ministerio de Economía y Finazas en funciones
en el mes de julio del año 2000, Dr. Enrique
Gutiérrez Acosta rinda su testimonio en el presente
caso. Se le preguntará además si para
la época en que se preparó el proyecto
de Decreto se podía prever que habría
un remanente del canje de bonos y que éstos se
negociarían para apuntalar a los Bancos Pacífico
y Filanbanco.
Se sirva designar perito para efectos
de que se efectúe un cuadro comparativo respecto
del contrato suscrito en octubre de 1999 entre Salomón
Smith& Barney y el Ec. Alfredo Arízaga, y
el celebrado en julio del 2000 entre Salomón
Smith&Barney, JPMorgan y la República del
Ecuador a través del Cónsul Hernán
Holguín y especialmente respecto de los aspectos
financieros de los mismos.
Se sirva oficiar al señor Ministro de Economía y Finanzas a efectos de que remita copia certificada del Acuerdo Ministerial N° 028 A de 1 de abril de 1999 mediante el cual se creó la Unidad Interinstitucional de Reingeniería de la Deuda Pública, conjuntamente con todos los informes que sirvieron de base para su creación y aquellos que fueron la consecuencia de su funcionamiento.
Se sirva disponer que el señor
Secretario General de la Administración Pública
remita copia certificada del Decreto Ejecutivo N°3390
de 27 de noviembre del 2002, mediante el cual se derogan
varios decretos supremos, lo cual ratifica la tesis
de la “Reserva de la Administración” que ha sido
sustentada en mi defensa y que confirma que la creación
de la Comisión Negociadora de la deuda Externa
en modo alguno constituye una violación al artículo
130 de la Ley Orgánica de Administración
Financiera y Control.
Se sirva oficiar a la Procuraduría
General del Estadio a efectos de que remita copia certificada
de todo el expediente, incluyendo la consulta, que dio
lugar a la expedición del oficio 26180 de 26
de septiembre del 2002, que absolvió la consulta
constante en el oficio 1491-DAJ-2002-6223 de la Subsecretaria
Jurídica de la Presidencia de la República.
Se sirva disponer que la Subsecretaría
Jurídica de la Presidencia de la República
remita copia certificada del oficio 1491-DAJ-2002-6223
elaborado presumiblemente en el mes de octubre del año
2002.
Se sirva señalar día y hora
a efectos de que el señor abogado Marcelo Santos
Vera, ex Secretario General de la Administración
Pública rinda su testimonio en este caso, al
tenor del siguiente interrogatorio:
Diga el declarante si dadas sus funciones en la Presidencia
de la República sumillaba generalmente los Decretos
Ejecutivos que suscribía el Presidente de la
República.
Diga el declarante si generalmente revisaba el contenido de los Decretos Ejecutivos que suscribía el Presidente de la República, ya sea antes o inmediatamente después de la correspondiente suscripción.
Diga el declarante si en los temas de trascendencia para el Estado discutía el contenido de determinados Decretos Ejecutivos con el Presidente de la República.
Diga el declarante si conoció de la expedición del Decreto Ejecutivo N°618 de julio del año 2000.
Diga el declarante si conoció de la suscripción del Decreto Ejecutivo mediante el cual se conformó la Comisión Negociadora de la Deuda Externa.
Diga el declarante si en su opinión el Decreto Ejecutivo de creación de la Comisión Negociadora de la Deuda Externa fue expedido con la finalidad de establecer una política de estado, al tenor de lo que dispone el artículo 171 numeral 3 de la Constitución Política de la República.
Diga el declarante si sabe y le consta que el ex Presidente de la República Dr. Gustavo Noboa Bejarano dispuso que el remanente de bonos globales fruto de la renegociación de la deuda se destine al apalancamiento de los bancos Pacífico y Filanbanco.
Diga el declarante si dentro del ejercicio de la Presidencia de la República existe la posibilidad real y cierta de que el Presidente revise y supervigile la ejecución de cada uno de los Decretos Ejecutivos que suscribe.
Diga el declarante cuál es el mecanismo generalmente empleado para informar al Presidente de la República de la ejecución de los Decretos Ejecutivos que suscribe.
Diga el declarante si conoce el número aproximado de Decretos Ejecutivos que fueron suscritos por el Dr. Gustavo Noboa Bejarano durante su gobierno.
En razón de que el abogado Marcelo Santos tiene
su domicilio en la ciudad de Guayaquil, se servirá
disponer que el testimonio se rinda en dicha ciudad
para lo cual se comisionará al señor Ministro
Fiscal del Guayas.
Se sirva señalar día y hora
a efectos de que el doctor Eduardo Castillo Barredo
concurra a rendir su testimonio sobre este caso. En
razón de que el domicilio del doctor Castillo
se encuentra en el cantón Samborondón,
solicito comisionar práctica de la diligencia
al señor Ministro Fiscal del Guayas. Al declarante
se le preguntará especialmente si la creación
de una Comisión renegociadora de la deuda externa
puede considerarse una violación al artículo
130 de la Ley Orgánica de Administración
Financiera y Control y si la creación de una
Comisión renegociadora de la deuda puede ser
considerada una política de Estado.
Se sirva señalar día y hora
a efectos de que el doctor Jaime Damerval Martínez
concurra a rendir su testimonio sobre este caso. En
razón del domicilio del doctor Damerval, se servirá
comisionar la práctica de la diligencia al señor
Ministro Fiscal del Guayas. Al declarante se le preguntará
especialmente sobre si la creación de una Comisión
renegociadora de la deuda externa puede considerarse
el establecimiento de una política de Estado.
Se sirva señalar día y hora
a efectos de que el doctor Alfredo Corral, ex Contralor
General del Estado concurra a rendir su testimonio en
este caso, al tenor del siguiente interrogatorio:
Diga el declarante si es verdad que en la Contraloría
General del Estado se recibieron dos peticiones para
efectuar un examen especial de auditoría al proceso
de renegociación de la deuda externa, presentados
por los ingenieros Jorge Gallardo y Francisco Arosemena,
cuando ellos desempeñaron el cargo de Ministro
de Economía y Finanzas.
Diga el declarante cuál fue la razón por la cual no se dio la disposición para que se efectúe tal examen especial.
Diga el declarante si es verdad que el Dr. Gustavo Noboa Bejarano le solicitó alguna vez auditar el proceso de renegociación de la deuda externa.
Se sirva oficiar al señor doctor
Patricio Acosta, actual Secretario General de la Administración
Pública, a efectos de que se sirva remitir a
la Fiscalía, para anexar al expediente, cualquier
estudio que sobre dolarización hubiese efectuado
el señor economista Mauricio Pozo, actual Ministro
de Economía y Finanzas, durante el año
2002.
Se sirva oficiar al representante del
Fondo Monetario Internacional en el Ecuador, a efectos
de que se sirva remitir toda la información que
el FMI mantenga en sus archivos respecto del proceso
de renegociación de la deuda externa del Ecuador
realizada en el año 2001.
Se sirva oficiar al señor Presidente
y al señor Secretario de la Comisión de
Fiscalización del H. Congreso Nacional a efectos
de que remitan copias certificadas de todas las notificaciones
efectuadas al Dr. Gustavo Noboa Bejarano dentro del
proceso de investigación relacionado con la denuncia
presentada por el ingeniero León Febres Cordero
con ocasión de la renegociación de la
deuda externa.
Se sirva oficiar al señor Presidente
y al señor Secretario de la Comisión de
Fiscalización del H. Congreso Nacional a efectos
de que certifiquen si durante el proceso de investigación
realizado por la Comisión de Fiscalización
del H. Congreso Nacional se notificó al Dr. Gustavo
Noboa Bejarano de forma previa a la realización
de las diversas actuaciones de investigación,
especialmente en lo concerniente a la declaración
de personas citadas a declarar o informar.
Solicito se sirva disponer la comparecencia
del Dr. Heinz Moeller, ex Canciller de la República,
a efectos de que rinda su versión sobre los hechos
y responda las siguientes preguntas:
Diga el declarante si en su opinión la creación
de una Comisión para la Renegociación
de la Deuda Externa puede ser considerada una política
de Estado, al tenor de lo que señala la Constitución
Política de la República en el artículo
171 numeral 3.
Diga el declarante si conoce de la expedición de algún Decreto Ejecutivo que ejemplifique el ejercicio de la facultad prevista en el artículo 171 numeral 3 de la Constitución Política de la República.
Solicito se sirva oficiar al señor
doctor Genaro Peña, Contralor encargado de la
República, a efectos de que remita copias certificadas
de todo el expediente conformado con ocasión
de la investigación preliminar realizada por
la Contraloría General del Estado al proceso
de renegociación de la deuda externa, incluyendo
las correspondientes órdenes de trabajo y los
nombres de los funcionarios de la Contraloría
designados para la investigación, según
información que aparece del oficio 22909 de 1
de julio de 2003 suscrito por el Dr. Peña.
Solicito se oficie al Dr. Genaro Peña
a efectos de que certifique los nombres de los especialistas
que han sido contratados para efectos de llevar a cabo
el examen especial de auditoría que se está
realizando en la Contraloría General del Estado
al proceso de renegociación de la deuda externa.
El señor Contralor se servirá además
anexar copias certificadas de los contratos indicados.
Se sirva disponer la comparecencia de
los doctores Javier Robalino, Fabián Jaramillo,
César Coronel Jones, Jorge Zavala Egas, Xavier
Arosemena Camacho, Xavier Castro Muñoz, Christian
Viteri López, Roberto Rovayo Vera, Xavier Aguirre
y Carlos Estarellas Velásquez, a efectos de que
declaren si en su opinión el Decreto Ejecutivo
N°465 de 5 de julio de 2000 publicado en el Registro
Oficial N°96 de 12 de junio de 2000, de creación
de la Comisión Negociadora de la Deuda Externa
consagra el establecimiento de una política de
Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo
171 numeral 3 de la Constitución.
Por el peticionario, como su defensor debidamente autorizado,
AB. JOFFRE CAMPAÑA MORA
REG. 6998
SEÑORA MINISTRA FISCAL GENERAL DEL ESTADO
DR. GUSTAVO NOBOA BEJARANO , ex Presidente
Constitucional de la República, dentro de la
instrucción fiscal N°006-03, a usted, atentamente,
digo:
Tal cual consta del oficio 2656 CFCP de 23 de octubre
del 2003, suscrito por el señor Presidente del
H. Congreso Nacional, podrá usted constatar que
durante el proceso desarrollado por la Comisión
de Fiscalización no se me notificaron las diversas
diligencias realizadas, provocándose con ello
mi indefensión y violentando las garantías
del debido proceso que la Constitución garantiza,
razón por la cual usted no puede utilizar ninguna
pieza procesal de tales actuaciones por carecer de valor
probatorio.
En ejercicio de mi constitucional derecho a la defensa,
insisto en las siguientes peticiones que fueron oportunamente
solicitadas y que por diversas razones no se han realizado:
Se sirva disponer que el señor
Secretario del H. Congreso Nacional remita copias certificadas
de todas las actas y documentos de sustento que sirvieron
de base para la aprobación de los Presupuestos
Generales del Estado correspondientes a los años
2001, 2002 y 2003. La información incluirá
cualquier constancia, documental o escrita del tratamiento
correspondiente en la Comisión de Presupuesto.
La información incluirá la desagregación
de los distintos apartados que se refieran a los distintos
tramos de la deuda pública para que aparezca
la incorporación de la emisión de bonos
ordenada en el Decreto Ejecutivo N°618 de 26 de
julio del 2000.
Se sirva señalar día y hora
para que el señor Subsecretario Jurídico
del Ministerio de Economía y Finazas en funciones
en el mes de julio del año 2000, Dr. Enrique
Gutiérrez Acosta rinda su testimonio en el presente
caso. Se le preguntará además si para
la época en que se preparó el proyecto
de Decreto se podía prever que habría
un remanente del canje de bonos y que éstos se
negociarían para apuntalar a los Bancos Pacífico
y Filanbanco.
Se sirva oficiar a la Procuraduría
General del Estadio a efectos de que remita copia certificada
de todo el expediente, incluyendo la consulta, que dio
lugar a la expedición del oficio 26180 de 26
de septiembre del 2002, que absolvió la consulta
constante en el oficio 1491-DAJ-2002-6223 de la Subsecretaria
Jurídica de la Presidencia de la República.
Se sirva señalar día y hora
a efectos de que el doctor Eduardo Castillo Barredo
concurra a rendir su testimonio sobre este caso. En
razón de que el domicilio del doctor Castillo
se encuentra en el cantón Samborondón,
solicito comisionar práctica de la diligencia
al señor Ministro Fiscal del Guayas. Al declarante
se le preguntará especialmente si la creación
de una Comisión renegociadora de la deuda externa
puede considerarse una violación al artículo
130 de la Ley Orgánica de Administración
Financiera y Control y si la creación de una
Comisión renegociadora de la deuda puede ser
considerada una política de Estado.
Se sirva señalar día y hora
a efectos de que el doctor Alfredo Corral, ex Contralor
General del Estado concurra a rendir su testimonio en
este caso, al tenor del siguiente interrogatorio:
Diga el declarante si es verdad que en la Contraloría
General del Estado se recibieron dos peticiones para
efectuar un examen especial de auditoría al proceso
de renegociación de la deuda externa, presentados
por los ingenieros Jorge Gallardo y Francisco Arosemena,
cuando ellos desempeñaron el cargo de Ministro
de Economía y Finanzas.
Diga el declarante cuál fue la razón por la cual no se dio la disposición para que se efectúe tal examen especial.
Diga el declarante si es verdad que el Dr. Gustavo Noboa Bejarano le solicitó alguna vez auditar el proceso de renegociación de la deuda externa.
Se sirva oficiar al señor doctor
Patricio Acosta, actual Secretario General de la Administración
Pública, a efectos de que se sirva remitir a
la Fiscalía, para anexar al expediente, cualquier
estudio que sobre dolarización hubiese efectuado
el señor economista Mauricio Pozo, actual Ministro
de Economía y Finanzas, durante el año
2002.
Se sirva oficiar al representante del
Fondo Monetario Internacional en el Ecuador, a efectos
de que se sirva remitir toda la información que
el FMI mantenga en sus archivos respecto del proceso
de renegociación de la deuda externa del Ecuador
realizada en el año 2001.
Solicito se sirva oficiar al señor
doctor Genaro Peña, Contralor encargado de la
República, a efectos de que remita copias certificadas
de todo el expediente conformado con ocasión
de la investigación preliminar realizada por
la Contraloría General del Estado al proceso
de renegociación de la deuda externa, incluyendo
las correspondientes órdenes de trabajo y los
nombres de los funcionarios de la Contraloría
designados para la investigación, según
información que aparece del oficio 22909 de 1
de julio de 2003 suscrito por el Dr. Peña.
Solicito se oficie al Dr. Genaro Peña
a efectos de que certifique los nombres de los especialistas
que han sido contratados para efectos de llevar a cabo
el examen especial de auditoría que se está
realizando en la Contraloría General del Estado
al proceso de renegociación de la deuda externa.
El señor Contralor se servirá además
anexar copias certificadas de los contratos indicados.
Se sirva disponer la comparecencia de los doctores
Javier Robalino, Fabián Jaramillo, César
Coronel Jones, Jorge Zavala Egas, Xavier Castro Muñoz,
Christian Viteri López, Roberto Rovayo Vera,
Xavier Aguirre y Carlos Estarellas Velásquez,
a efectos de que declaren si en su opinión el
Decreto Ejecutivo N°465 de 5 de julio de 2000 publicado
en el Registro Oficial N°96 de 12 de junio de 2000,
de creación de la Comisión Negociadora
de la Deuda Externa consagra el establecimiento de una
política de Estado, de conformidad con lo previsto
en el artículo 171 numeral 3 de la Constitución
o si por el contrario constituyen la aplicación
de la facultad prevista en el artículo 171 numeral
9 de la Constitución.
Finalmente, le hago notar que el actual Presidente Constitucional de la República, coronel Lucio Gutiérrez, ha ratificado la legalidad del Decreto de Creación de la Comisión Renegociadora de la Deuda, al haber expedido un Decreto Ejecutivo mediante el cual designa a varios de sus miembros, decreto que ha sido anexado al informe de la Contraloría General del Estado.
Por el peticionario, como su defensor debidamente autorizado,
AB. JOFFRE CAMPAÑA MORA
REG. 6998 |