SEÑORA MINISTRA FISCAL GENERAL DEL ESTADO
OCTAVO PETITORIO
“En consecuencia, dado
el estado de los procesos, lo más saludable
desde el punto de vista del marco jurídico
actual sería un sobreseimiento de todos
aquellos funcionarios públicos que, en
un acto patriótico, lograron un proceso
de reestructuración de la deuda que representó
un ahorro significativo para el erario nacional,
y por otro lado dará una señal positiva
frente a los agentes financieros internacionales
para los futuros procesos de negociación”.
(Revista Novedades Jurídicas N°03,
Junio 2004, Ediciones Legales S.A.). |
DR. GUSTAVO NOBOA BEJARANO, ex Presidente
Constitucional de la República, dentro de la
indagación fiscal N°099, a usted, atentamente,
digo:
Adjunto a este escrito un ejemplar de la Revista Novedades
Jurídicas, Ano 01, Número 03, de junio
de 2004, editada por Ediciones Legales S.A, cuyo Comité
Editorial lo integran los doctores Ernesto Albán,
Santiago Andrade, Ramiro Diez, Leonidas Rojas, Eugenia
Silva, Patricia Solano y Paulina Saltos.
En esta revista se publica un artículo denominado
“Entorno Legal del Juicio de la Renegociación
de la Deuda Externa”, páginas 58, 59 y
60, de autoría del Dr. Juan Carlos Cueva.
Este artículo señala que la renegociación
de la deuda externa fue un éxito, que no existe
delito de peculado, que se ha violado el artículo
212 de la Constitución, al no existir un informe
de la Contraloría General del Estado que establezca
inicios de responsabilidad penal y que el éxito
se confirma con el informe de los peritos designados
por la propia fiscalía.
Concluye con el siguiente párrafo:
“En consecuencia, dado el estado de los procesos,
lo más saludable desde el punto de vista del
marco jurídico actual sería un sobreseimiento
de todos aquellos funcionarios públicos que,
en un acto patriótico, lograron un proceso de
reestructuración de la deuda que representó
un ahorro significativo para el erario nacional, y por
otro lado dará una señal positiva frente
a los agentes financieros internacionales para los futuros
procesos de negociación”.
Como usted puede apreciar, ya el país empieza
a reaccionar frente a la injusta imputación en
mi contra y contra ciertas actuaciones de su parte altamente
cuestionadas.
¿Hasta cuándo va a mantener abierta esta
indagación?
Por el peticionario, como su defensor autorizado,
Es justicia, etc.,
AB. JOFFRE CAMPAÑA MORA
REG. 6998 C.A.G. |