| El Comercio Lunes, 23 de Junio del 2003
Peligros en la función pública
Por Enrique Echeverría G.
La tradicional sal quiteña acuñó
este episodio: un caballero salió, a carrera
tendida, desde el Palacio de Gobierno y cruzó
rápidamente la Plaza de la Independencia. A la
altura del Palacio Municipal, un amigo interrumpió
y le preguntó por qué corre, por qué
fuga. El caballero respondió: es que me quieren
"coger" para ministro. Y continúo huyendo,
despavorido. En los tiempos que cruzamos, ingresar a
la alta función pública entraña
riesgo muy grave. Si el "flamante" funcionario
pretende enderezar las costumbres, introducir disciplina
y jerarquía, halla resistencia de algunos burócratas
o adversarios políticos; y, cuando menos espera,
surge alguna denuncia de incorrección en alguno
de sus actos.
Los denunciantes generalmente no afirman que el funcionario
se ha beneficiado, o ha robado, simplemente aducen que
ha incurrido en "irregularidades". Nuestra
mente está presta para pensar en negativo y otorga
a la "irregularidad" la categoría de
robo, desfalco, peculado.
En los últimos tiempos el "peculado"
se denuncia desde diversas fuentes. En 1938 se introdujo
el delito de peculado. Conforme pasó el tiempo
han ido creando nuevas formas. Por ejemplo: se atribuyó
este delito a empleados del Banco Central y los del
Estado; de los bancos privados y de las cajas de Previsión.
Más tarde, a fiscalizadores de la Contraloría
General, y de la Superintendencia de Bancos.
Últimamente, ante el desastre bancario se extendió
este delito a los administradores, ejecutivos o empleados
del sistema financiero, pero también a los miembros
o vocales de los directorios de esas entidades, si hubieren
abusado del dinero de los clientes.
Esta responsabilidad para los banqueros de alto nivel
corresponde recién al año 1999. No debían
aplicar esta norma a hechos anteriores al 13 de mayo
de 1999.
Es ilustrativo, en este ámbito, lo que aconteció
con dos magistrados de la Corte Superior de Justicia
de Quito, Dra. Ruth Amores Salgado y Dr. Washington
Cevallos Salas, a quienes por no haber aplicado la ley
de 1999, al juzgar un hecho anterior al año 1998,
según aseguran en su fallo, les hicieron objeto
de acusación y, finalmente, los destituyeron.
La Corte Suprema encargó al Consejo de la Judicatura
adoptar "medidas disciplinarias" y el Consejo,
atendiendo el pedido, los sancionó sin darles
oportunidad de defensa, como garantiza la Constitución
Política en el Art. 24 numeral 10, según
concluyen en el presente año 2003.
Ha transcurrido el tiempo y la Defensoría del
Pueblo ha emitido criterio coincidiendo con la tesis
jurídica de los ex magistrados y reprochando
que no se les haya permitido la defensa.
Toda una trayectoria de vida correcta y honorable
puede echarse a perder por ingresar al desempeño
de funciones públicas. La denuncia se está
convirtiendo en instrumento generalizado para tachar,
combatir o liquidar a las personas. Tal vez por este
peligro muchos ecuatorianos valiosos no aceptan cargos
públicos, ya que el riesgo es no solamente salir
de las funciones con la figura de un ladrón común
y vulgar debido a las denuncias; sino, lo que es peor,
fugando de la justicia ante la bastante fácil
orden de prisión preventiva que emiten a base
de la denuncia.
¿Vale la pena ser alto funcionario público? |